
Turismo y Hostelería
Un establecimiento hotelero reúne bajo un mismo techo actividades que el mercado suscribe por separado: alojamiento, restauración, zona de baño, eventos y, con frecuencia, obra en marcha. A eso se suma el calendario, porque una temporada factura en semanas lo que el resto del año prepara. Nuestros especialistas en turismo conocen cómo valora cada aseguradora la estacionalidad del margen, la relación con el huésped y la redacción de la actividad asegurada, y diseñan con vosotros un programa que entiende de temporadas.
Lo que nos preguntan en turismo y hostelería
Desaparece algo de la habitación de un cliente. ¿De qué respondemos?
Los artículos 1783 y 1784 del Código Civil hacen responder al hostelero de los efectos que el viajero introduce en el establecimiento, siempre que se le hubiera dado conocimiento de ellos y el cliente hubiera observado las prevenciones indicadas. El propio artículo 1784 deja fuera el robo a mano armada y la fuerza mayor, supuestos que se trasladan a la póliza de daños del establecimiento. La cobertura recoge el resto en una garantía de depósito con sublímite propio, y normalmente separa lo custodiado en caja fuerte de lo que queda en la habitación.
¿Cómo calculamos el capital de pérdida de beneficios en un negocio estacional?
Tomando la temporada completa como unidad, porque es la unidad real de facturación del establecimiento: el resultado del año se concentra en unas semanas y un promedio mensual las diluye. A partir de ahí, el periodo de indemnización se fija de forma que alcance la apertura siguiente entera, porque un daño de noviembre que llegue tarde a junio cuesta una temporada aunque la reparación haya durado seis semanas. Si el capital se queda por debajo del valor, opera la regla proporcional del artículo 30 de la Ley de Contrato de Seguro.
¿Y si tenemos que cerrar sin que haya habido un daño material?
La garantía ordinaria de pérdida de beneficios se activa a partir de un daño material cubierto, de modo que un cierre acordado por la autoridad sin ese daño previo queda fuera de su mecánica. Para eso existen extensiones específicas —clausura por resolución administrativa, contaminación alimentaria, imposibilidad de acceso—, cada una con su sublímite y su plazo. Junto a ellas se contrata la cobertura de cancelación, que responde de las reservas y de los eventos anulados por las causas que el condicionado nombra y que lleva su propio sublímite y su propio periodo de indemnización, distinto del de la pérdida de beneficios. Decidir cuáles interesan forma parte de la preparación de la renovación.
